Con esta guía queremos ayudar a las personas investigadoras que planeen viajar a Gipuzkoa a hacer más fácil y agradable su llegada y su estancia. Indicamos a continuación las pautas para llevar a cabo los principales trámites administrativos.

Ciudadanos a los que se aplica el régimen comunitario

España es miembro de la Unión Europea (UE) lo que implica que los investigadores y profesionales de países miembros del Espacio Económico Europeo (EEE) -miembros de la UE más Islandia, Liechtenstein, Noruega-, además de Suiza, quedan bajo el régimen comunitario, pudiendo entrar, salir, permanecer y circular libremente en España. Además, tienen derecho a realizar cualquier actividad laboral, profesional o lucrativa tanto por cuenta propia como ajena, y a prestar o recibir servicios.

Entrada en Guipúzcoa

Para entrar en España los ciudadanos bajo el régimen comunitario sólo necesitarán su pasaporte o undocumento de identidad en vigor en el que aparezca su nacionalidad. Tanto los trabajadores por cuenta propia o ajena como los estudiantes, podrán residir en España sin necesidad de tarjeta de residencia. Si se solicita se puede expedir una tarjeta o certificado de residencia que puede resultar muy útil para trámites administrativos (contratos de alquiler, abrir una cuenta en el banco, etc.).

Entrada de familiares

Sus familiares, independientemente de su nacionalidad, tienen derecho a residir en España. Si los familiares poseen la nacionalidad de algún Estado miembro de la UE, del EEE o de Suiza, podrán entrar en territorio español con su pasaporte en vigor o documento de identidad y podrán residir en España sin necesidad de tarjeta de residencia. Si los familiares no tienen ninguna de las nacionalidades señaladas para acceder al territorio español, necesitarán, además del pasaporte, el visado que les corresponda. Asimismo, deberán solicitar la tarjeta de familiar de residente comunitario, cuya vigencia estará vinculada a la residencia de la persona de la que dependan.

Realización de actividades económicas

Para la realización de actividades económicas, los ciudadanos bajo el régimen comunitario estarán sometidos a la normativa vigente sobre este tema en igualdad de condiciones que los españoles. Su cónyuge, sus descendientes y los de su cónyuge tienen derecho, si así lo solicitan, a realizar cualquier actividad económica en las mismas condiciones que los españoles, sin necesidad de una autorización para trabajar independiente. Para ello, es suficiente su tarjeta de residencia (de familiar del residente comunitario).

Red Eures

Los Servicios Públicos de Empleo del EEE han establecido una red de cooperación para facilitar la libre circulación de trabajadores. Con este motivo se ha creado la Red de Servicios Europeos de Empleo (EURES) que ofrece diversos servicios y apoyo encaminados a facilitar la búsqueda de empleo, la movilidad y colocación de los trabajadores.

Ciudadanos de terceros países

Los ciudadanos de terceros países necesitarán solicitar un visado, que habilita a las personas extranjeras para permanecer en España en la situación para la que hubiese sido expedido, sin perjuicio de la obligatoriedad de obtener, en caso de que sea necesario, la tarjeta de identidad de extranjero.

Visados: régimen general

Los ciudadanos de algunos países no necesitan visado para estancias no superiores a los 90 días por semestre sin ejercer actividad laboral, pero sí para estancias más largas. La documentación necesaria puede variar según el país de procedencia.

Lista de paísescon y sin exigencia de visado

Todos los ciudadanos que precisen de visado de entrada deben de solicitarlo en la misión diplomática u oficina consular española en su demarcación de residencia.

Se puede encontrar información más detallada en las páginas web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y del Ministerio del Interior.

Visados: régimen para estudiantes

Si se desea realizar trabajos de investigación o de formación no remunerados laboralmente, o cursar o ampliar estudios en centros docentes o científicos españoles (públicos o privados) oficialmente reconocidos, se deberá disponer de un visado de estudios. Éste se deberá solicitar ante la misión diplomática u oficina consular española donde resida la persona extranjera.

El visado de estudios permite a los extranjeros permanecer en España para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación, durante el tiempo que éstos duren. Los familiares próximos de los estudiantes o investigadores (cónyuge e hijos menores de 18 años o sometidos a su patria potestad o tutela) también podrán obtener un visado para residir en España, sin que se exija al investigador o estudiante un periodo previo de estancia. Si la estancia de éste y de sus familiares tuviese una duración superior a los 6 meses, deberán de solicitar la “Tarjeta de estudiante extranjero”, un documento destinado a identificarles con el fin de acreditar su situación legal en España.

Los extranjeros titulares de un visado de estudios (no sus familiares) podrán ser autorizados a realizar actividades lucrativas laborales cuando el empleador presente la correspondiente solicitud, se cumplan los requisitos reglamentariamente establecidos y esas actividades sean compatibles con los estudios. Para ello, se debe suscribir un contrato a tiempo parcial o uno a tiempo completo de duración no superior a 3 meses.

Permiso de residencia

Para permanecer legalmente en España, los ciudadanos de terceros países precisan contar con una autorización de estancia o de residencia. Hay dos tipos de autorizaciones de residencia: temporal (para permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años) y permanente (para residir en España indefinidamente y trabajar en igualdad de condiciones que los españoles).

El nuevo reglamento de la Ley de Extranjería reduce de 90 a 45 días el tiempo para la obtención del permiso de residencia temporal y trabajo para los investigadores de países fuera de la UE.

Dónde solicitarlo:

Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa.

Oficina de Extranjería

Plaza. Pio XII, 6 • 20010 San Sebastián
(Entrada por C/ Javier de Barkaiztegi)
(+34) 943 98 91 10 / 943 98 91 20 / 943 98 91 22
De Lunes a viernes, entre las 9:00 y las 14:00

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Tarjeta de extranjero

La Tarjeta de Extranjero es el documento único y exclusivo destinado a dotar de documentación a los extranjeros en situación de permanencia legal en España, a cuyo fin los destinatarios del mismo deberán cumplimentar las actuaciones que se establezcan para su entrega.

Dicha Tarjeta acredita la permanencia legal de los extranjeros en España, su identificación y que se ha concedido, de acuerdo con la normativa vigente, la autorización o reconocido el derecho para permanecer en territorio español por un tiempo superior a seis meses.

La solicitud de la tarjeta tiene que ser presencial.

Ciudadanos comunitarios

Los ciudadanos comunitarios deberán solicitar el NIE (número de identificación de extranjero), que se otorga en el momento.

Dónde solicitarlo:

Comisaría de Policía:

Pº Urumea 17 - 20014 Donostia / San Sebastián.
Tel.: 943 44 98 71
Tel. cita previa: 902 24 73 64

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Cuidadanos no comunitarios

Los técnicos y científicos no comunitarios, invitados o contratados por el Estado, las Comunidades Autónomas, universidades, entes locales u organismos que tengan por objeto la promoción y desarrollo de la investigación promovidos o participados mayoritariamente por las anteriores deberán solicitar previamente la solicitud de autorización de residencia y de excepción de autorización de trabajo (Ver permiso de trabajo en esta página)

Donde solicitarlo:

Subdelegación del Gobierno

Oficina de Extranjería en Gipuzkoa

Plaza. Pio XII, 6
(Entrada por C/ Javier de Barkaiztegi)
20010 - San Sebastián.
Tel.: 943 98 91 10 / 943 98 91 20 / 943 98 91 10
De Lunes a viernes, entre las 9:00 y las 14:00

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Más Información:

Antes de viajar a España se puede obtener información adicional en las siguientes páginas web:

Unión Europea

Ministerio del Interior:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración

Para una información más específica se puede llamar al consulado de España en su país de origen.

Publicaciones:

 

España es miembro de la Unión Europea (UE) lo que implica que los investigadores y profesionales de países miembros del Espacio Económico Europeo (EEE) -miembros de la UE más Islandia, Liechtenstein, Noruega-, además de Suiza, quedan bajo el régimen comunitario, pudiendo entrar, salir, permanecer y circular libremente en España. Además, tienen derecho a realizar cualquier actividad laboral, profesional o lucrativa tanto por cuenta propia como ajena, y a prestar o recibir servicios.

Toda persona de origen extracomunitario mayor de 16 años necesita un permiso de trabajo si quiereresidir y realizar una actividad lucrativa en España. No es necesario este permiso si ya dispone de un permiso de residencia permanente.

Los permisos de trabajo pueden ser de diferentes tipos: permiso de trabajo por cuenta ajena; permiso de trabajo por cuenta propia; permiso de trabajo por actividades de duración limitada; autorizaciones para trabajar en supuestos específicos.

Excepción de la autorización de trabajo:

  • Técnicos y científicos, invitados o contratados por el Estado, las Comunidades Autónomas, universidades, entes locales u organismos que tengan por objeto la promoción y desarrollo de la investigación promovidos o participados mayoritariamente por las anteriores.

Se acredita: presentando invitación o contrato de trabajo suscrito por el representante legal del órgano correspondiente, donde conste la descripción del proyecto y el perfil profesional.

Más info:

La solicitud del permiso tiene que ser presencial:

Subdelegación del Gobierno
Oficina de Extranjería en Gipuzkoa

Plaza. Pio XII, 6
(Entrada por C/ Javier de Barkaiztegi)
20010 - San Sebastián
(+34) 943 98 91 10 / 943 98 91 20 / 943 98 91 22
De Lunes a viernes, entre las 9:00 y las 14:00

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Los plazos pueden variar en función del tipo de permiso solicitado, recomendamos consultar en cada caso concreto.

 

El Sistema de la Seguridad Social es un conjunto de regímenes a través de los cuales el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional, o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley define.

A efectos de las prestaciones de modalidad contributiva, están incluidos dentro del campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social, y cualquiera que sea su sexo, estado civil o profesión, todos los españoles que residan en España, y los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que, en ambos supuestos, ejerzan su actividad en territorio nacional, y que estén incluidos en alguno de los siguientes apartados:

  • Trabajadores por cuenta ajena
  • Trabajadores por cuenta propia o autónomos
  • Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado
  • Estudiantes
  • Funcionarios públicos, civiles o militares

Más Información

Administraciones de la Seguridad Social en Gipuzkoa:

Más Información

 

Toda persona que fije su residencia en San Sebastián tiene derecho a empadronarse en la ciudad. Esto permite que la persona en cuestión se convierta en vecino o vecina de la ciudad y pase a disfrutar del derecho a la asistencia sanitaria pública y a la escolarización básica de menores.

El empadronamiento, que es esencial para acreditar el domicilio en la ciudad, también es muy útil para múltiples trámites administrativos.

Dónde solicitarlo:

Donostiako Udala - Ayuntamiento de San Sebastián

Ijentea 1, 20003 San Sebastián
(+34) 943 48 10 00

Más Información

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El empadronamiento puede solicitarse de manera presencial, on-line o por teléfono.

Bienestar social (mayores, personas dependientes)

Desde el departamento de Bienestar Social pueden ayudarle a gestionar sus necesidades en el caso de viajar con una persona dependiente, un familiar mayor que precise de asistencia especial, o cualquier otra necesidad de ámbito social.

Más Información

 

La Tarjeta Ciudadana, emitida por el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, permite identificar a su titular en determinados servicios y trámites municipales, así como acreditar el acceso a algunas instalaciones municipales.

¿Para qué sirve?

La Tarjeta Ciudadana permite:

  • Acreditarse como alumno/a de la Escuela Municipal de Música y Danza.
  • creditarse como abonada/o del Patronato Municipal de Deportes y acceder a las instalaciones deportivas municipales. Obtener 90 minutos gratis de estacionamiento en la zona de Anoeta (personas abonadas de Donostia Kirola)
  • Identificarse en la conexión a las zonas WiFi gratuitas municipales, tanto en el interior de equipamientos municipales: bibliotecas, centros culturales y cívicos, polideportivos y oficinas de atención ciudadana, como en exteriores: en diversas calles, plazas y paseos.
  • Consultar, a través de la carpeta ciudadana de la web municipal, información personalizada de interés.
  • Consultar los documentos presentados en el Registro Telemático y efectuar algunas tramitaciones que no requieren certificado electrónico para su identificación.
  • Pagar pequeñas tasas y precios de servicios municipales.

¿Cómo obtenerla?

 

Presencialmente en las oficinas de Udalinfo

  • Deberá acudir personalmente con una fotografía reciente y su DNI-NIE.
  • Menores de 14 años: DNI/NIE del padre, madre o tutor (si no viene personalmente, una fotocopia).

http://www.donostia.eus/info/udalinfo/udalinfo_atencion.nsf/vowebContenidosId/NT00000916?OpenDocument&idioma=cas&id=D325225&doc=D

  • Ayuntamiento, Ijentea,1
  • Rotonda de Morlans, 1
  • Agirre Miramón, 4
  • (Oficina de Recaudación Municipal)
  • Palacio Goikoa - Ijentea, 6
  • Plaza de San Martzial, 4

Cumplimentando el formulario electrónico en la web

Solicitud de Tarjeta Ciudadana

Rellenando el formulario y enviando la solicitud por correo ordinario a la siguiente dirección:

Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, Apartado nº 202 F.D. (codired. 2000010)

20080 DONOSTIA-SAN SEBASTIAN

Indicando la referencia TARJETA CIUDADANA

Descargar formulario

Cumplimentando el formulario electrónico que se ofrece al acceder a las zonas Wifi gratuitas municipales.

Accesos públicos

  • Biblioteca Central de Alderdi Eder
  • Biblioteca Central Infantil
  • Centro Cultural de Altza
  • Biblioteca Tomasene
  • Centro Cultural Larrotxene
  • Centro Cultural Loiola
  • Centro Cultural Etxarriene
  • Centro Cultural Ernest Lluch
  • Centro Cultural Okendo
  • Centro Cultural Egia
  • Centro Cultural Intxaurrondo Berri
  • Biblioteca Infantil de Larratxo
  • Centro Cultural Lugaritz
  • Escuela Municipal de Música y Danza
  • Topaleku del Palacio de Aiete
  • Centro de Recursos Mediambientales de Cristina Enea
  • Polideportivo Altza
  • Polideportivo Zuhaizti
  • Piscinas Paco Yoldi
  • Polideportivo Bentaberri
  • Polideportivo Bidebieta
  • Casa de la Paz de Aiete
  • Tenencia de Alcaldía de Altza

Zonas exteriores

  • Jardines de Ondarreta
  • Paseo de La Concha
  • Alderdi Eder
  • Boulevard
  • Paseo de la Zurriola
  • Sagüés
  • Parque de Cristina Enea
  • Anoeta - Exterior Casa de cultura Ernest Lluch (Amara)
  • Plaza José María Sert (Antiguo)
  • Plaza Ander Arzelus (Martutene)
  • Plaza San Marcial (Altza)

 

 

En Gipuzkoa la gestión, la liquidación, recaudación e inspección de la mayoría de los impuestos estatales -actualmente todos, excepto los derechos de importación y los gravámenes a la importación en los Impuestos Especiales y en el Impuesto sobre el Valor Añadido- corresponde al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Para poder tributar en Gipuzkoa se necesita un Número de Identificación de Extranjeros (NIE) es el número de Identificación Fiscal (NIF) de todas aquellas personas físicas que no tienen nacionalidad española.

Obtención del NIE:

www.mir.es

En el área fiscal, lo más importante para un profesional es si se le considera o no residente fiscal. En función de esa consideración, se actuará de una forma u otra en materia de impuestos.

Residencia Fiscal:

www.aeat.es

Una persona física será residente o no residente durante todo el año natural, ya que el cambio de residencia no supone la interrupción del periodo impositivo. La residencia fiscal se acredita mediante un certificado expedido por la Autoridad Fiscal competente. El plazo de validez de dichos certificados se extiende a 1 año. Una persona puede tener el permiso de residencia o residencia administrativa en un país y no ser considerada residente fiscal en el mismo.

Las personas extranjeras que se consideren residentes fiscales en el Estado español tributarán y tendrán la obligación de declarar en nuestro país por las rentas mundiales percibidas. En el supuesto de que una persona pueda ser considerada residente fiscal en dos países distintos, será el convenio de doble imposición, si existe, el que decida en qué país deberá tributar finalmente.

Por otra parte, las personas que, de acuerdo con los supuestos anteriores, perciban rentas en nuestro país pero se consideren no residentes, estarán sujetas a una retención de acuerdo con la normativa vigente y el tipo de renta percibida. Una vez regresen a su país de origen, los no residentes deberán tributar allí por las rentas percibidas en el Estado español de acuerdo con la legislación interna de su país y, de existir, con lo establecido en los convenios internacionales para evitar la doble imposición.

La Agencia Tributaria Española permite al contribuyente presentar las declaraciones de manera telemática a través de Internet, para lo cual será necesario obtener un certificado de usuario o firma digital.

Más Información

Impuestos y Tasas municipales:

La persona residente en Gipuzkoa deberá tributar algunas tasas municipales en el caso de contar con un vehículo o vivienda en propiedad.

Para más información y gestiones on line

 

Los hechos concernientes al estado civil de las personas, como los nacimientos, declaraciones de ausencia o fallecimiento, matrimonios, vecindad, nacionalidad, etc. deben inscribirse en el Registro Civil, así como también la solicitud de la nacionalidad española.

Aunque existen diversas vías para obtener la nacionalidad española, la obtención de la nacionalidad por residencia es la más habitual.

Condiciones para la obtención de la Nacionalidad Española:

www.justizia.net

Registro Civil

Plaza Teresa de Calcuta, 1,

20012 Donostia-San Sebastián

Tel. 943 00 07 30

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Más información y trámites on line

 

En Gipuzkoa puede escoger entre una amplia oferta de Bancos y Cajas de Ahorros. Las comisiones y servicios pueden variar significativamente de un banco a otro, por lo que es conveniente realizar un análisis comparativo entre las ofertas de diferentes entidades bancarias.

Los ciudadanos extranjeros, para abrir una cuenta corriente o una libreta de ahorro en España, tienen dos posibilidades:

  • Si la persona es residente, es suficiente con identificarse con el pasaporte o con la tarjeta de residente.
  • Si no es residente, se puede abrir una cuenta con el certificado de no-residente expedido por la Policía o por el consulado o con la acreditación de empadronamiento del ayuntamiento.

En la página web del Banco del Estado español, www.bde.es se puede encontrar información sobre el sistema bancario Español.

Bancos y cajas de ahorro abren a las 8.00 horas y cierran a las 14.00, aunque algunas entidades lo hacen a las 15.00 horas. Algunas sucursales abren los sábados por la mañana y algunos días por la tarde.

 

Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte. Es recomendable registrar cualquier obra original antes de remitirla a editoriales para su publicación o valoración.

El Registro General de la Propiedad Intelectual es único y está integrado por el Registro Central y los Registros Territoriales gestionados por las Comunidades Autónomas.

En el caso de la CAPV las oficinas provinciales, integradas dentro del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, realizan las funciones de información, gestión y tramitación de las solicitudes de inscripción para su remisión al Registro Central y están ubicadas en:

Registro de la Propiedad Intelectual en Gipuzkoa

  • Andia, 13
  • 20004 - Donostia-San Sebastián
  • Tel.: 943 02 29 67 - 943 02 29 67
  • Fax: 943 02 29 65

E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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Más Info

Gipuzkoa cuenta con una excelente infraestructura sanitaria. La sanidad pública es gratuita y se puede acceder a la sanidad privada a través de la contratación de un seguro médico, o bien abonando la factura correspondiente en cada caso.

El sistema de salud cubre el 60% de los gastos farmacéuticos con receta médica, el 40% restante es abonado por cada individuo (siempre que posea la Tarjeta Sanitaria).

En cuanto a la salud dental es preciso tener en cuenta que la Seguridad Social sólo cubre las extracciones. Algunos seguros privados ofrecen cobertura dental.

Teléfono de emergencias: 112

Sanidad Pública

La sanidad pública se presta en Gipuzkoa a través del Servicio Vasco de Salud–Osakidetza de Gobierno Vasco.

Si una persona extranjera trabaja en Gipuzkoa y cotiza en la Seguridad Social recibirá la Tarjeta de la Seguridad Social en la que aparecen sus datos personales y el número de afiliación.

Con la tarjeta de afiliación a la seguridad social se puede solicitar la Tarjeta Sanitaria Individual en el centro de salud más próximo a su domicilio. Ésta le permitirá obtener tanto tratamiento médico como hospitalario gratuito para el titular y su familia.

Centros de atención primaria:

Los centros de atención primaria son los lugares donde se atiende a los enfermos en un primer nivel de asistencia médica. En ellos se encuentran especialistas en medicina familiar, pediatría y enfermería, así como personal administrativo.

El centro de salud que corresponde a los residentes en el Talent House es: Centro de Salud Amara Berri.

Centro de salud Amara Berri

J. Barkaiztegi, 18

20010 San Sebastián

(+34) 943 00 79 00

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Hospital Donostia

P.º Dr. Beguiristáin, 107, 111 y 115
20014 San Sebastián
(+34) 943 00 70 00
(+34) 943 00 60 00
(+34) 943 00 74 00

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Tarjeta individual sanitaria

La Tarjeta Sanitaria constituye el documento acreditativo de cada persona a efectos de su asistencia sanitaria, siendo título necesario y suficiente para el acceso a los servicios y prestaciones sanitarias.

Para que una persona obtenga la Tarjeta Sanitaria es condición indispensable estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma Vasca.

Procedimiento de gestión de la Tarjeta Sanitaria Pública (Tarjeta de Osakidetza, Seguridad Social)

Si no dispone de tarjeta sanitaria, solicítela en el Área de Atención al Cliente de su Centro.

En las Áreas de Atención al Cliente de los centros de salud de Osakidetza-Servicio vasco de salud se cursarán las solicitudes de Tarjeta Sanitaria de las personas que así lo requieran; para ello se proporcionará el correspondiente documento de solicitud de tarjeta sanitaria, así como la documentación necesaria. 

Los documentos a presentar son ( original y fotocopia):

  • Certificado de Empadronamiento
  • DNI/NIE
  • Documento acreditativo del derecho a la asistencia sanitaria emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • Menores de edad: Libro de Familia

Extranjeros comunitarios

Para las personas provenientes de los países de la Unión Europea más Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza, antes de desplazarse a Gipuzkoa, es recomendable ponerse en contacto con el organismo correspondiente a la Seguridad Social de su país para obtener la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). La Tarjeta Sanitaria Europea permite la asignación de un médico general y cubre cualquier urgencia hospitalaria en centros públicos.

Extranjeros no comunitarios

Existen países no comunitarios que tienen Convenios Bilaterales suscritos en materia de Seguridad Social para Prestaciones Sanitarias. Éstos tienen derecho a recibir asistencia sanitaria. Por otro lado, los países que no dispongan de estos Convenios pueden recibir atención médica de urgencia en hospitales de la red pública y solicitar en algunos casos la Tarjeta Sanitaria, aunque se les recomienda recurrir a cobertura médica privada.

Más información

Delegación de Gobierno Vasco Gipuzkoa

Farmacias 

Los medicamentos sólo se dispensan en farmacias. Generalmente el usuario tiene que presentar una receta médica que corresponda a la prescripción que realiza el facultativo de la asistencia sanitaria. El horario de los establecimientos farmacéuticos es el mismo que el comercial. Punto y aparte.

24 horas x 365 días al año.

Todas las noches (incluidos los fines de semana) hay farmacias de guardia (en la farmacia más cercana encontrará una relación de las farmacias de guardia). 

En la página oficial del Colegio de Farmacéuticos de Gipuzkoa podrá ver el listado de todas las farmacias, sus horarios de guardia, así como más información sobre el sistema farmacéutico.

Sanidad Privada

Quienes deseen tener una asistencia privada pueden contratar un seguro de enfermedad en su país de origen que tenga cobertura en el Estado español, o bien contratar cualquier sociedad médica privada establecida en Gipuzkoa.

Es importante tener en cuenta que muchas de estas sociedades tienen periodos de carencia que pueden oscilar entre varios meses y un año antes de poder percibir algunos de sus servicios, especialmente en el caso de maternidad y de operaciones quirúrgicas.

Principales centros sanitarios privados en Gipuzkoa

Policlínica Gipuzkoa

Paseo Miramón, 174. 20009 Donostia 
Tel.: 943 00 28 00

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Clínica Quirón

Parque Alcolea 7
Tel.:. 943 43 71 00

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Oncológico

Paseo Doctor Begiristain, 121
Donostia - San Sebastián,
20014, Gipuzkoa

E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Las salidas del territorio español podrán realizarse libremente, excepto en los casos previstos en el Código Penal y en la Ley Orgánica 4/200, de 11 de enero. La salida de los extranjeros a los que no les sea de aplicación el régimen comunitario, podrá ser registrada por las autoridades españolas a los efectos de control de su período de permanencia legal en España.

Buscador de Abogados en Gipuzkoa

Todo ciudadano tiene derecho a la defensa y asistencia de un abogado. El abogado es un profesional independiente que le asiste como asesor y representante en la defensa de sus derechos e intereses frente a los organismos públicos y el resto de las personas y entidades privadas.

Todo ciudadano que no disponga de recursos suficientes tiene derecho a obtener asistencia jurídica gratuita en los términos que disponga la ley.

Todo ciudadano, antes de contratar los servicios profesionales de un abogado, tiene derecho a solicitar y obtener un presupuesto indicativo del coste económico que acarreará la tramitación profesional del asunto.

Buscador de Abogados en Gipuzkoa

Asistencia jurídica gratuita La Ley ha regulado el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita, para que todos aquellos ciudadanos que acrediten insuficiencia de medios económicos para litigar, puedan acceder a la tutela judicial para ver realizadas sus legítimas pretensiones o defendidos sus derechos.

Más información